Fondos Mutuos
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El Artículo 57 bis de la Ley de la Renta es un régimen tributario creado para incentivar al ahorro a las personas naturales, que consiste en que un porcentaje del dinero ahorrado le sea devuelto o bien funcione como un crédito a la hora de pagar impuestos.
A quién está dirigido este beneficio
Está dirigido a personas naturales (dependientes o independientes) que tributan según el impuesto único de 2° categoría y/ó impuesto global complementario (personas afectas a impuestos). Para acogerse a este régimen, es necesario que invierta en cualquiera de los fondos mutuos de ING acogidos a este régimen tributario.
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